Como otros, el discurso jurídico es un tipo de de lenguaje. Tiene determinadas reglas y procedimientos que lo guían y que le son propias a su naturaleza como discurso. Este es el punto de de algunos autores que describen el discurso jurídico; así lo hacen, por ejemplo, Alexy (1989) y Atienza (1993) que trabajan en argumentación jurídica; también encontramos en Manson (1984) y Barros (1994) trabajos específicos que señalan los procedimientos de este lenguaje.
Como otros juegos, los del lenguaje se rigen por reglas. Wittgenstein aquí (1988, 1997, 1998) nos recuerda también que, para la existencia de una , es necesario que varias personas la sigan en diversos momentos: Al respecto Wittgenstein (1988) es preciso:
"...No puede ser que una regla sea seguida una sola vez por una sola persona ... Seguir una regla, comunicar algo, dar una orden, una partida de ajedrez son costumbres (usos, instituciones)."(Wittgenstein, 1988: 91).
Cada institución tiene costumbres, usos específicos que definen el juego de lenguaje en el que participan sus jugadores. En este sentido, la actividad específica del discurso jurídico es una forma de vida que, como tal, tiene una praxis vital común caracterizada por determinadas convicciones fundamentales. Sobre estas convicciones, todo tipo de juego se erige como sistema.
El discurso jurídico y/o la lógica jurídica, para Barros (1994), es un metalenguaje dedicado a observar el correcto funcionamiento de la actividad argumental en el ámbito del razonamiento jurídico, en consecuencia, en el ámbito de la aplicación de la ley, de la administración de justicia y de la elaboración de las leyes. En términos desimplicados, tanto para el discurso práctico general y, en medida, para el discurso jurídico (Alexy, 1989; Atienza, 1993), en el plano de la actividad argumental, las cuestiones fundamentales se deciden bajo el ámbito de acción de la razón, esto es, bajo la fuerza del mejor argumento (ver Alexy 1989).
Desde esta óptica, un argumento es un de interacción humana a través de la cual se formulan y debaten tramos de razonamiento, es decir, secuencias de razones encadenadas que establecen el contenido y fuerza de la proposición que el hablante esgrime en favor de una pretensión específica. Para la lógica formal, esta actividad se actualiza en el silogismo de tres entradas: premisa mayor, premisa menor y la conclusión.
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